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JUNTA DIRECTIVA 2019-2021

JUNTA DIRECTIVA 2018-2020

 

La actual Junta Directiva (2018-2020) está conformada por los miembros fundadores de CIAPAN.

 

Según el artículo 23 del ESTATUTO, los miembros de la Junta Directiva ejercerán sus funciones durante el período de dos (2) años y podrán ser reelegidos para el mismo cargo hasta por un (1) período adicional consecutivo.

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Adicional en el ARTÍCULO 26 se detallan las funciones de la Junta Directiva:

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  • Reunirse una vez al mes y elaborar el orden del día para la Asamblea ordinaria y extraordinaria.

  • Elaborar y desarrollar el programa de trabajo para su correspondiente período administrativo.

  • Formular el presupuesto de gastos y presentarlo a la Asamblea General para su aprobación.

  • Considerar las faltas de los miembros, así como ejecutar las sanciones pertinentes dentro del alcance del colegio.

  • Denunciar el ejercicio ilegal de la profesión de Ingeniero Ambiental, deduciendo al efecto las acciones legales pertinentes y hacerse parte en procesos en que se persiga el ejercicio ilegal de la profesión.

  • Considerar los casos en que se atente contra la seguridad profesional y económica, de los colegiados.

  • Revisar las cuentas de tesorería.

  • Dirigir las publicaciones periódicas del Colegio y subvencionar las que estime conveniente para la difusión del conocimiento, actividades de los miembros, investigaciones y otras.

  • Solicitar información concerniente a proyectos, programas y actividades donde tenga injerencia la profesión de Ingeniería Ambiental, con el objetivo de emitir una evaluación técnica.

  • Dar respuesta a consultas o elaborar informes a solicitud de organismos públicos y privados, sobre asuntos concernientes a la profesión de Ingeniero Ambiental.

  • Aprobar la afiliación del Colegio con asociaciones nacionales o extranjeras, con fines similares.

  • Admitir, considerar y aprobar las solicitudes de ingreso a la colegiatura.

  • Verificar la autenticidad de la documentación presentada por los aspirantes.

  • Convocar cada 3 años a elecciones de la nueva Junta Directiva.

  • Cualquier otra función que le asigne la Asamblea General.

 

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